Al finalizar cada ejercicio o incluso cada fin de mes, los profesionales encargados en fiscalidad e impuestos recomiendan a todos los contribuyentes ir planificando la declaración de la renta (por patrimonio, ganancias bursátiles, ayudas, ahorro, IRPF...) para aligerar la factura fiscal.
Antes de conocer el borrador e incorporar diversos gastos, te aportamos una serie de consejos para tener en cuenta a la hora de realizar la declaración.
Siempre se recomienda, en cualquier caso, recopilar las declaraciones de años anteriores. Así podremos aportar más información a Hacienda en la renta 2018 sobre los últimos datos no prescritos, por si existieran saldos negativos que pudieran compensarse con los datos de este año. También debemos recordar si en 2018 se han obtenido rentas que puedan quedar fuera del impuesto o gastos imprevistos que alteren el documento.
Es la gran novedad de este año. Las prestaciones de este tipo ya no tributan en el IRPF, por lo que deberán ir ajustándose los datos de los últimos años. En algunos casos, Hacienda está devolviendo antes de que finalice el actual ejercicio fiscal las cantidades aportadas en este concepto.
En este caso, si el contribuyente ha sido despedido, la indemnización recibida, en caso de ser obligatoria, no tributa hasta los 180 000 euros. No obstante, en caso de que la relación con la empresa no fuera laboral sino mercantil, la cantidad indemnizada tributaría al cien por cien.
Otra de las cuestiones que debes considerar es este tipo de trabajos y si se obtuvieron rentas es posible que estén exentas de tributación. Para no encontrarse con problemas, los profesionales recuerdan que conviene que la empresa tenga en cuenta la exención a la hora de practicar las retenciones.
Aunque la ganancia de estos productos es baja, la opción para no tributar por ellos es aportar hasta un máximo de 5.000 euros al año y durante cinco años, recibiendo capital e intereses una vez que haya pasado este tiempo.
Si eres trabajador por cuenta propia, puedes deducirte los gastos de suministros (agua, telefonía, Internet, electricidad...) siempre que lleves a cabo la actividad en tu propio domicilio. En este caso, sobre la parte del gasto que corresponda, debes descontar la superficie en metros cuadrados que como autónomo destines, en tu propia vivienda, a la actividad realizada.
Además de ahorrar cada fin de mes (evitando estas 5 trampas), si el resultado de tu declaración no es favorable (es decir, te sale a pagar), recuerda que puedes recibir capital externo gracias a un anticipo contante.